Preguntas sobre Discapacidad

¿Para que me sirve el Certificado de Discapacidad?

El Certificado de Discapacidad es un Documento Público que brinda la cobertura de las Leyes Nº 22.431 y Nº 24.901, las que instituyen un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.

¿El Certificado de Discapacidad tramitado en ese SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN tiene fecha de renovación?

Si, efectivamente. A pesar de que la discapacidad que padezca la persona sea permanente, el Certificado de Discapacidad debe ser renovado de acuerdo al tiempo estipulado en la Junta Evaluadora, dado que la realidad puede evolucionar en forma negativa o positiva modificando la situación de la persona

¿Al turno para obtener el Certificado de Discapacidad se tiene que retirar personalmente, o puede cocurrir cualquier persona?

Si el interesado tiene domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá comunicarse a la siguiente línea de atención gratuita: 0800-999-2727.

Si por el contrario el interesado tiene domicilio en la Provincia de Buenos Aires, deberá concurrir (puede venir otra persona en su lugar) al Servicio Nacional de Rehabilitación (Ramsay 2250) de 8.30 a 14 hs al Área de Turnos con su DNI original (excluyente) donde conste el domicilio actual; además, deberá presentarse con un certificado médico en donde conste el diagnóstico del paciente (no excluyente), con el objeto de ser asignado con el médico especialista, o bien conocer con precisión cuál es el diagnóstico a evaluar.

El Certificado de Discapacidad ¿Indica el Grado de Discapacidad o Incapacidad?

Primero que nada cabe aclara que Discapacidad e Incapacidad son dos cosas totalmente diferente. El Grado de Incapacidad (laboral) lo otorga un Médico Legista de un Hospital Público. El Certificado de Discapacidad es un documento que acredita el tipo de discapacidad que padece la persona y el Estado Nacional debe velar por los beneficios que el mismo le concede. El Certificado de Discapacidad no acredita grado por incapacidad.

Si yo resido en el Interior del País, ¿Necesariamente tengo que viajar a Buenos Aires para tramitar el Certificado de Discapacidad?

No. Cada provincia cuenta con una Junta Evaluadora de Personas que certifican y acreditan la discapacidad. En nuestra Sección Certificado de Discapacidad, en el Link Interior del País, Usted encontrará los datos de los Organismos de su provincia donde podrá tramitar el Certificado de Discapacidad.

Si me roban o extravío el Certificado de Discapacidad ¿Qué debo hacer?

Si el Certificado de Discapacidad que Usted extravió o le fue robado, había sido emitido por este Servicio Nacional de Rehabilitación debe hacer la denuncia en el Registro Civil (o Comisaría) y presentarla en este Organismo, área de Junta Evaluadora, para tramitar un Testimonio.

¿Cuenta el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR) con un listado de modelos de vehículos que estén incorporados en el régimen de descuento para la compra de los mismos?

No. La opción de compra de los vehículos queda a cuenta del interesado, siempre y cuando el vehículo sea NUEVO CERO KILOMETRO (NO USADO) standar, el del menor valor de su clase, y que no supere los U$S 23.000 (DOLARES: Ventitres mil). El SNR no trabaja con ninguna concesionaria.

¿El Certificado de Discapacidad me sirve para tramitar la Compra de un Vehículo mediante el Beneficio de la Ley N° 19.279?

El certificado de discapacidad no es válido para la tramitación de la compra del automotor. En efecto, el interesado que va a tramitar este beneficio, deberá ser evaluado por una junta médica (esta junta se realiza en un hospital de su provincia o ciudad, o en caso de residir en la Ciudad de Buenos Aires o el Gran Buenos Aires, la junta se realiza en el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN) más rigurosa que evalua, entre otras cosas, si la persona con discapacidad puede hacer uso o no del transporte público de pasajeros y que tenga capacidad económica (condición que se acredita ante la AFIP) para poder comprar y mantener el vehículo. 

Cuales son los beneficios que brinda la ley?

Cuánto tiempo tengo que esperar después de quedar discapacitado antes de que pueda solicitar una jubilacion por incapacidad?

Tiene que ser una discapacidad permanente para obtener beneficios?


Que es la demencia?

La demencia en sentido juridico está prevista en el art. 141 del Código Civil, que establece que "se declaran incapaces por demencia las personas que por causa de enfermedades mentales no tengan aptitud para dirigir su persona o administrar sus bienes 

Quién puede solicitar la declaración de demencia de otra persona?

En virtud del art. 144 del Código Civil, la declaración de demencia puede se pedida por el cónyuge -no separados personalmente ni divorciados-, los familiares; el Ministerio de Menores; el cónsul del país de origen si la persona a quien se la quiere declarar demente -en sentido juridico- fuese extranjera; cualquier persona vecina cuando la persona sea furiosa o incomode a los vecinos 

Que es la curatela?

La curatela es la representación legal que se da a las personas mayores de 14 años de edad.

Cual es su finalidad?

Es preservar la salud de la persona, quedando a cargo del curador el cuidado de la misma. Por otro lado, tiende a evitar que por su incapacidad o por la explotación de terceros, sea perjudicado en su patrimonio. 

Cómo se realiza el trámite para obtener la curatela?

Existen dos vías: El juicio de insanía, para el caso de demencia o sordomudez, y el jucio de inhabilitación, este último para ebrios o consumidores de estupefacientes habituales. 

Cual es el procedimiento para el juicio de insanía

Como todo proceso, obedece a las normas previstas en los códigos de procedimiento locales, las cuales difieren -sutilmente- en las diferentes jurisdicciones. En sintesis, se inicia un proceso solicitando la declaración de demencia de la persona a quien se pretende se declare como tal; lo inicia el pretenso curador acreditando su legitimación para hacerlo y exponiendo los hechos que dan lugar a la acción, acompañando tres certificados médicos. Ya iniciado el expediente, se ordenarán las pruebas pertinentes -información sumaria, oficios, pase al Cuerpo Médico-, se nombrará a un Curador Provisorio quien, junto con el Asesor de Menores interviniente, velarán por la persona y los bienes del presunto insano a lo largo de todo el proceso. Finalmente, se dictará sentencia declarando al insano demente en sentido juridico y nombrando curador definitivo a la persona y a sus bienes a quien se presentó para ello en la etapa inicial. 

Quien puede ser curador

Pueden ser curadores las personas establecidas en los articulos 476 a 479 del Código Civil: cónyuge, hijos, padres. 

Cuales son las atribuciones y deberes del curador

El curador es responsable de la persona y de los bienes del insano, para esto su solvencia moral ya ha sido acreditada durante el juicio. Debe procurar los medios para su bienestar bio-psico-social. 

Que sucede con los bienes del insano

Dado que el curador posee la administración de los mismos, tiene la obligación legal de dar cuenta de ella ante el juez o tribunal de la causa, con la periodicidad que se determine al aceptar el cargo. 

Por que hay que realizar este trámite?

Al cumplirse los 18 años de edad cesa la patria potestad que ejercen los padres sobre sus hijos, y de esta manera, estos ya no pueden ser sus representantes legales. La persona con discapacidad mental queda totalmente desprotegida, tanto en su persona como en su patrimonio, si no tiene asignado un curador por una sentencia judicial. Esto implica que si la persona tiene bienes a su nombre, no habrá nadie que pueda administrarlos o venderlos. Pero sobre todo, en el caso que sea necesario realizar cualquier tipo de acto, o incluso interponer una demanda judicial a nombre de la persona con discapacidad tampoco existiría una persona que pueda representarla. Asimismo, si la persona recibe una pensión, se puede llegar a requerir un curador que pueda percibir la misma a nombre de la persona. La falta de representación legal sobre una persona con discapacidad, puede ocasionar problemas ante las Obras Sociales o Prepagas, las cuales generalmente solicitan el trámite de la curatela como condición para mantener la afiliación.